miércoles, 5 de mayo de 2010

constitucion de la Empresa

Escritura numero cuatrocientos mil veinte, volumen numero seiscientos treinta, folio numero veinte y siete. Contiene: Constitución de Sociedad, Ercilia Pepin no.34, Santo Domingo, a los diecisiete del mes de febrero del año dos mil diez. Yo Paola Santana, hago constar: El contrato de Sociedad, por el que se constituye “Intimated Fashion”, Sociedad Anónima de Capital Variable, que otorga la señorita Mariel Guerrero, al amparo del permiso numero 16300957, expedido por la Secretaria de Relaciones Exteriores, el día vente y tres de abril del 2009 de dos mil novecientos noventa y nueve, con numero de expediente 2536548659, que agregó al apéndice de esta escritura con su numero y la letra “b” y que se regirá por los siguientes: Estatus denominación, Objeto social, Domicilio y Duración.
ARTÍCULO PRIMERO.- La sociedad se denominará "Intimated Fashion", seguida de las palabras SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE o de su abreviatura S.A. DE C.V.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El objeto de la sociedad es: a.- La compra venta, arrendamiento, producción, fabricación, importación, exportación, consignación, almacenaje, maquilación y distribución de todo tipo de bienes muebles en general afectos al comercio; de manera enunciativa más no limitativa: la compra venta, arrendamiento, importación, exportación y consignación almacenaje y distribución de equipo industrial y de sistemas de indicación y proceso; las compra venta, arrendamiento, producción fabricación.

Selección, contratación, capacitación y adiestramiento de personal; desarrollar labores de asesoría, orientación, divulgación y promoción con el objeto de suministrar asistencia técnica y fomentar el mejoramiento de la producción, uso, manejo y diseño de los productos.

TERCERO.- El domicilio social es en c/bonaire no.331, Santo Domingo, la sociedad podrá establecer agencias, sucursales u oficinas dentro fuera de la República, sin que por tal motivo se entienda cambiado su domicilio.

ARTÍCULO CUARTO.- La duración de la sociedad es de NOVENTA Y NUEVE AÑOS, contados a partir de la fecha de la firma de la escritura.

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